El magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, José Luis Concepción, reconoció este miércoles, 20 de noviembre, que el proceso de renovación abierto en el alto tribunal “no solamente es lógico, sino que además es bueno”. El responsable del TSJCyL, quien negó haber anunciado su intención de dar el relevo al frente del mismo, manifestó que “los tiempos pasan”.
“Yo llevo 20 años al frente del TSJCyL. La vacante que debería haberse cubierto hace cuatro años por mor de la ley de marzo del año 21, no ha podido serlo hasta ahora. El Consejo General del Poder Judicial ha ofertado en el Boletín Oficial del Estado la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, al margen de otras muchas, y se ha abierto un proceso para la renovación en el mismo que no solamente es lógico, sino que además es bueno”, aseguró en declaraciones recogidas por Ical en la Facultad de Derecho de la Universidad de Salamanca.
Concepción participó hoy en un seminario sobre nuevas tendencias en litigación climática y acciones colectivas, junto a José Luis Requero Ibáñez, magistrado de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, y Blanca Subiñas Castro, magistrada de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, una materia que, reconoció, “muy de actualidad” en el ámbito jurídico, como el ‘ecopostureo’, el ‘greenwashing’, es decir, la publicidad engañosa en materia de garantías medioambientales.
Una cuestión estudiada hoy en la Usal desde una triple óptica: la penal, la contencioso-administrativa y, por lo que respecta a Concepción, la mercantil. “No es novedad decir que lo de verde vende. Y, entonces, todas las empresas hacen gala en su publicidad de que las características de sus productos son mucho más respetuosas con el medio ambiente que las de los oponentes”.
Los problemas judiciales se generan cuando se incurre en una situación de “competencia desleal con los competidores” y eso puede “alterar las reglas del mercado”. Circunstancia que se trata de atajar desde la óptica de la Ley de Competencia Desleal, de la Ley General de Publicidad y de la Ley de Protección de Consumidores y Usuarios.
“Las directivas comunitarias que regulan esta materia afrontan el problema con dos ejes fundamentales. En primer lugar, proteger las reglas del mercado y, en segundo lugar, los intereses de los consumidores para que esa publicidad no les afecte y puedan elegir los productos con mayor conocimiento de las características de cada uno”, resumió el magistrado. La litigación, en estos casos, se puede dar en el jurado de autocontrol de la publicidad, cuando las empresas entienden que quiebran las normas publicitarias, o en los juzgados mercantiles, cunado se han podido ver vulneradas las reglas del mercado.