La sala ha escuchado, concluyendo con ellas el juicio y dando pie a la prueba de objeto del veredicto, las conclusiones finales del Ministerio Fiscal,de la acusación particular y, por último, las de la defensa del acusado.
La palabra, en primer lugar, la ha tomado el fiscal, quien ha comenzado su alegato asegurando que la versión que ha dado el acusado sobre los hechos es “insostenible” dado que no es creíble el lapsus temporal que ha alegado haber padecido durante el desarrollo de los hechos producto de una “enajenación mental".
Ha referido, además, que la defensa no ha brindado ninguna prueba pericial que sustente dicha versión sino que ha ocurrido todo lo contrario, señalando el fiscal que hay numerosas pruebas que indican que D.G sabía lo que hacía y que, tras cometer los hechos, estaba “extrañamente tranquilo”.
La versión que da el acusado, ha continuado el ministerio fiscal, se desvirtúa por la declaración de las vecinas del mismo refiriéndose, éstas, a las series de golpes escuchadas la noche de los hechos.
Asimismo, el fiscal ha hecho referencia al regodeo y el desprecio mostrado por D.G en los vídeos mandados a sus amigos en los que se aprecia a la víctima agonizando en el suelo, con múltiples contusiones en el rostro, mientras el presunto asesino comenta, refiriéndose a Y.M, que “huele mal”.
“¿Qué arrepentimiento es limpiar la escena del crimen mientras canta?”, ha formulado el ministerio fiscal al jurado popular, “¿Qué nos indica que haya limpiado la escena del crimen? Que razona normal porque, incluso, es capaz de inventarse una historia”; "además, mete los objetos que pueden inculparle en una bolsa de basura y la tira sabe de sobra lo que ha hecho, se acuerda perfectamente”.
Refiriéndose a la víctima, el fiscal ha asegurado que “no pudo defenderse de ninguna manera”, al contrario, la respuesta que obtuvo al grito que profirió suplicándole a su agresor que parara fue” taparle la boca con cinta de carrocería y cinta americana”.
El fiscal tampoco ha dudado en señalar que hubo ensañamiento, citando los resultados de los informes forenses y la cantidad de lesiones que presentaba la víctima: “fue intencional, hubo ensañamiento y agravante de género”.
“La fiscalía pretende una sentencia ejemplar y justa, les solicito lo máximo que permite el código penal” ha concluido el ministerio fiscal dirigiéndose al jurado popular.
La acusación particular, por su parte y realizando un alegato basado en las mismas líneas argumentales que el fiscal, ha indicado que D.G “ mató a la víctima voluntariamente, con alevosía, ensañamiento y menosprecio de género”.
La defensa del acusado, quien ha sido la última en exponer sus conclusiones finales, ha pedido al jurado popular “atenerse a los hechos y no tergiversar”, haciendo hincapié en que su cliente en todo momento, durante las investigaciones, se mantuvo colaborativo.
Ha referido, además, que su defendido el día de los hechos dio “palos de ciego producto del shock”, calificando como palos de ciego “mal limpiar la escena del crimen escuchando y cantando flamenco”, así como tirar bolsas de basura en las que, tal y como se ha demostrado en el desarrollo del juicio, había pruebas inculpatorias.
“No hubo alevosía, no hubo ensañamiento ni hubo menosprecio de género. No hay móvil, no hay planificación. Fueron juegos sexuales que se fueron de madre”, aseguraba la defensa a la sala.
“Es un acto aberrante pero no es consciente de lo que realizó y cuando lo fue, salió a pedir ayuda”, ha concluido la defensa.
Finalmente, D.G ha realizado sus últimas declaraciones antes de conocer la sentencia asegurando que acepta su culpabilidad para, posteriormente, pedir disculpas de nuevo finalizando así el juicio y dando pie a la prueba de objeto del veredicto.
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