Sucesos

El informe pericial del equipo de Madrid que reconstruyó el triple atropello mortal de Pedrosillo concluye que el conductor estaba utilizando el móvil al producirse el accidente

El documento del ERAT, de 135 páginas, resalta que las tres mujeres caminaban correctamente por el arcén, y fue el vehículo el que lo invadió completamente

Accidente ocurrido en Pedrosillo El Ralo el pasado 8 de julio. | FOTO: ICAL

El informe pericial del Equipo de Reconstrucción de Accidentes de Tráfico (ERAT), procedente de Madrid, al que se le encargó una detallada investigación del triple atropello mortal acontecido el pasado 8 de julio en el kilómetro 222 de la carretera N-620, en Pedrosillo El Ralo, concluye que el conductor del turismo estaba utilizando el teléfono móvil en el momento del siniestro, y fue la causa de su distracción.

El informe realiza una pormenorizada revisión del teléfono móvil del conductor, R.H.L., y los datos de la compañía telefónica, señalando que en el tramo en el que tuvo lugar el accidente de tráfico, entre las 20:30 y las 21:30 horas de aquel día 8 de julio, el hombre investigado por la Guardia Civil realizó varias llamadas desde su teléfono móvil. Sólo una de ellas se efectuó en el tramo previo a que ocurriera el accidente, ya que se hizo a las 21 horas 10 minutos 16 segundos, cuando la primera llamada que alertó del siniestro se realizó a las 21 horas 16 minutos 18 segundos.

Esa llamada (21:10:16) tuvo una duración de 105 minutos y la hizo a su pareja, lo que indica que finalizó a las 21 horas 12 minutos 01 segundos. Sin embargo, cabe señalar que la segunda llamada realizada desde el teléfono del conductor, hecha tras el accidente, se realizó al mismo número de la primera llamada, a las 21 horas 16 minutos 55 segundos. Esa segunda llamada tiene una duración de 6 segundos.

Además, en cuanto al tráfico de datos del teléfono móvil del conductor, el informe señala que el celular se activó a las 21 horas 10 minutos y 01 segundos, con una duración del tráfico de datos de 647 segundos, por lo que se desactivó dicho tráfico a las 21 horas 20 minutos y 48 segundos.

Por lo tanto, el informe del ERAT establece que existen contradicciones importantes entre el análisis del teléfono móvil y las manifestaciones efectuadas por el conductor implicado. Es más, la investigación va más allá y aclara que en el móvil no aparecen registradas dos llamadas que el conductor realizó a su pareja, que sí se reflejan en los datos obtenidos a través de la compañía telefónica del dispositivo.

Conclusiones del teléfono

El informe de la Guardia Civil indica, por tanto, que en el tramo previo al accidente y hasta la hora en la que tuvo lugar, se produjo una llamada desde el móvil del conductor implicado, a las 21 horas 10 minutos y 16 segundos, que duró 105 segundos. Asimismo, el terminal móvil del conductor tenía activado el tráfico de datos.

El conductor, en sus manifestaciones a los agentes, comentó que realizó dos llamadas de teléfono, una a su jefe y otra a su pareja, las dos tras el suceso. Sin embargo, esas manifestaciones no coinciden con el registro de su propio móvil, en la que constaban dos llamadas (una realizada y otra recibida) pero a su jefe únicamente, ambas tras el accidente. El registro del teléfono, además, tampoco coincide con los datos de la compañía telefónica, en los que constan varias llamadas entrantes y salientes tanto a su jefe como a su pareja, una de ellas realizada antes del choque.

Por lo tanto, se puede presuponer que esas llamadas efectuadas a su pareja fueron borradas del registro del teléfono, pero quedaron guardadas en los datos de la compañía telefónica. Y si el móvil fue entregado a los agentes minutos después de ocurrir el suceso, el propio conductor, que viajaba solo, podría presuntamente haber manipulado el registro telefónico, procediendo a su borrado, aunque este extremo deberá concluirlo el juez.

Conclusiones sobre las víctimas y causa del siniestro

El informe del ERAT concluye que las tres mujeres fallecidas transitaban por el arcén, y es el coche el que lo invade totalmente. El conductor no realiza ningún tipo de maniobra evasiva para evitar el siniestro, mientras que sigue recto tras el atropello pero desacelerando, hasta permanecer detenido en el arcén.

“La circulación de las tres mujeres por la mitad exterior del arcén, de frente al frontal del turismo implicado, era correcto, así como no ir provistas de elementos luminosos o retrorreflectantes por producirse el siniestro de día”, indica el documento de 135 páginas. “Este extremo lleva a concluir a los informantes que, como mínimo y no antes, el conductor se tuvo que apercibir de la presencia de las peatonas en el instante de haberlas atropellado”.

La causa del siniestro, por lo tanto, es una presunta “distracción en la conducción” por parte del conductor del turismo Citröen Xsara, “produciéndose la misma desde el instante en que el vehículo se sale de la vía por el margen derecho de forma gradual, circulando posteriormente por el arcén hasta atropellar a las peatonas”.

El informe dice: “Esta distracción, cuyo tramo en lo que se refiere al tiempo es de gran consideración, quedaría vinculada a la posible utilización de su terminal móvil por parte del conductor”.

Comentarios
Agus P: Hace 3 años (25/12/2020 11:39)
Pues si que le va a salir caro el manos libres, sí....
Ley Hace 3 años (24/12/2020 08:25)
Los peatones están obligados a transitar por la zona peatonal y sólo están autorizados a invadir la calzada para cruzarla, por norma general, según establece el artículo 121 del Reglamento General de Circulación.
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