Condenadas cuatro personas en Salamanca por agresión sexual a un menor al que pagaban por mantener relaciones

Los hechos tuvieron lugar en 2020. Contactaban con el menor a través de una red social y después de los encuentros sexuales le pagaban diferentes cantidades en metálico

Audiencia Provincial de Salamanca
Audiencia Provincial de Salamanca

Cuatro varones han sido condenados por la Audiencia Provincia de Salamanca por agredir sexualmente a un menor de 16 años, al cual pagaron diferentes cantidades en metálico por esos encuentros.

Los hechos se remontan a finales de 2020 y principios de 2021, cuando el menor tenía 15 años y estos cuatro hombres, en diferentes momentos, contactaban con él para mantener encuentros sexuales.

Lo hacían a través de una red social con la que se citaban con el menor y después llevaban a cabo los encuentros sexuales. Dos de ellos además lo hicieron en reiteradas ocasiones.

Así, el primero de los condenados, un hondureño de 35 años, en el momento de llevar a cabo los hechos, llegó a quedar con el menor hasta en doce ocasiones. En cada una de ellas, y después de mantener relaciones sexuales con el menor, le pagó la cantidad de 50 euros.

Un segundo varón, un salmantino de 49 años, realizó estos encuentros en tres ocasiones, abonando en la primera la cantidad de 50 euros y 20, en la segunda.

Los otros dos varones, ambos salmantinos, uno de 36 años y otor de 76, también abonaron diferentes cantidades por quedar con fines sexuales con este menor de edad.

Con estos antecedentes, y adaptando la sentencia a lo estipulado por la Ley Orgánica 10/2022 (la famosa ley del solo sí es sí), la Audiencia Provincial ha condenado a todos ellos a dos años de prisión y cinco años más, a mayores, en régimen de libertad vigilada.

Del mismo modo, a los dos primeros, responsables de un delito continuado de agresión sexual, se les ha impuesto el pago de 16.000 euros y 4.000 respectivamente en concepto de indemnización. Mientras que, a los otros dos, la pena de 2.000 euros. Así mismo, se impone a los cuatro la prohibición de acercarse a una distancia menor de 500 metros a la víctima, así como comunicarse por cualquier medio, y la inhabilitación de cualquier oficio o profesión relacionado con menores de edad.

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