El que fuera alcalde de Vitigudino, Germán Vicente, ha sido condenado a seis meses de prisión e inhabilitación por el Juzgado de lo Penal nº1 de Salamanca como autor penalmente responsable de un delito de lesiones por imprudencia grave. Además, la sentencia recoge que indemnizará conjuntamente con la aseguradora Mafre y con responsabilidad personal subsidiaria del Ayuntamiento de Vitigudino al trabajador con 48.035 euros.
Los hechos probados rezan que en la fecha del accidente, el exalcalde era la persona encargada de la seguridad y de dar las instrucciones para cada trabajo, bien directamente, bien a través de la oficina de la entidad local, a los empleados del ayuntamiento 14 o 15 según las necesidades, y como tal mantenía instaurado que la forma de mover el telón del teatro del centro cultural era, subiendo el trabajador a una escalera de mano y corriendo manualmente dicho telón con el esfuerzo que requería dado su tamaño y a la altura que se realizaba. El 15 de octubre de 2018 sobre las 16 horas, el ordenanza del Ayuntamiento “se hallaba en el Teatro del Centro Cultural de Vitigudino, realizando los preparativos para una charla que se iba a impartir en dicho lugar”.
Continúa que “a petición de la ponente, procedió a retirar el telón de fondo del escenario con el fin de proyectar sobre la pared un logotipo que debía estar presente durante la intervención. El telón discurría por el fondo del escenario colgado de un riel situado a 4,5 ms de altura sobre el nivel del suelo. Ese telón solo podía moverse a mano, al no contener ni sistema automático, ni sistema de cuerdas. Dado el tamaño que tenía sólo podía desplazarse empujándolo desde la parte alta del mismo, próxima al riel, para lo que se utilizaba una escalera extensible, que una vez abierta se desplegaba el extensible sobre uno de los largueros que sujetaba en uno de los peldaños a través de unas pestañas que anclaban la escalera a cada peldaño según la altura a la que se quisiera regular la escalera”. Esto hizo que el trabajador se subiera a la escalera, a unos 3 metros para mover el telón y “la pestaña que sujetaba el extensible se rompió, provocando un descenso brusco de dicha parte extensible y la caída del trabajador al suelo”.
Asegura que “la causa principal del accidente fue el incorrecto procedimiento de trabajo, descrito anteriormente, que hacía que el trabajador tuviera que subir a una escalera de mano no pudiendo descorrer el telón desde el suelo. Como causa coadyuvante estaba también la inadecuada revisión y mantenimiento de la citada escalera”. Como consecuencia del accidente el trabajador sufrió un traumatismo craneoencefálico con scalp frontal y contusión hemorrágica frontotemporal derecha y varias fracturas, como la del tabique nasal o las apófisis transversas de varias vértebras. Como consecuencia de las secuelas, el trabajador no puede realizar las tareas fundamentales de su profesión de ordenanza vigilante del ayuntamiento. Como consecuencia de las secuelas derivadas de estas lesiones el INSS declaró al trabajador en situación de incapacidad permanente total para la profesión habitual.