Los padres que tengan hijos en cuarentena por covid ya puedencomenzar a solicitar las ayudas que se ofrecen desde la Junta de Castilla yLeón en los Servicios Sociales del Ayuntamiento. Estas ayudas, que ya se estántramitando, están orientadas a la contratación de cuidadores con la finalidadde dar respuesta inmediata a las situaciones de necesidad temporal de atenciónde menores o personas dependientes o con discapacidad que deban guardarconfinamiento domiciliario a causa de la pandemia COVID-19, para lo que se establecen dos tipos de prestaciones.
En primer lugar una prestación extraordinaria a familiasy personas para la contratación de personas cuidadoras, para la atención demenores hasta 12 años en su domicilio, afectados por una situación deconfinamiento domiciliario que les impida asistir al correspondiente centroescolar.
Para ello se exige que ambos progenitores no tengan derecho a otrasmedidas, prestaciones o ayudas públicas para la misma finalidad, que la jornadaeducativa del menor confinado coincida en su totalidad o en parte con elhorario laboral de sus padres y, en caso de no ser familias monoparentales, queambos progenitores, tutores o acogedores tengan obligaciones laborablesincompatibles con la situación generada del cuidado domiciliario del menor de12 años.
Asimismo, se pide que el nivel anual de rentas de la personasolicitante no supere los 40.000 euros. Este límite de renta, en el caso defamilias numerosas no deberá superar los 45.000 euros en categoría general,mientras que para las familias numerosas de categoría especial no deberásuperar los 55.000 euros. Para determinar el nivel de rentas se computarántodos los ingresos, de cualquier naturaleza.
En segundo lugar se ofrece una prestación extraordinariaque se dará a familias y personas para la contratación de personas cuidadoraspara la atención en el domicilio de personas dependientes o con discapacidad, afectadaspor una situación de confinamiento domiciliario que les impida acudir alcorrespondiente centro escolar o centro de día.
En este caso se exige que laspersonas familiares, tutoras o acogedoras cuidadoras no tengan derecho a otrasmedidas, prestaciones o ayudas públicas para esta finalidad, que el horario deasistencia de la persona dependiente o con discapacidad al centro educativo oal centro de día, coincida, en su totalidad o en parte, con el horario laboralde las personas cuidadoras familiares, tutoras o acogedoras y que la capacidadeconómica anual de la persona dependiente o con discapacidad no supere los40.000 euros.
En ambos casos entre la persona contratada, y los beneficiarios deestas ayudas, incluida la persona destinataria del objeto de la prestación, nopodrá existir vínculo familiar de primer, segundo o tercer grado, o relacionesasimilables a las familiares: tutores, guardadores o parejas de hecho.
Como explica la edil del área, Cruz Gacho, “la finalidad de lasprestaciones económicas es la de financiar el coste de la contratación de unapersona para dar apoyo en la atención del cuidado del menor confinado o de lapersona dependiente o con discapacidad confinada, por las horas que seannecesarias debido al horario laboral de los progenitores. Nuestras trabajadorassociales ya se encuentran trabajando en la tramitación de estas ayudas yofreciendo información a todos los posibles destinatarios, de tal modo que todoaquel que quiera recibir información o tenga dudas al respecto se puede poneren contacto con este servicio para que le aclaren todas estas cuestiones”.
La contratación podrá ser realizada directamente según lascondiciones establecidas, de forma indirecta a través de una empresa o entidadprestadora de servicios.