Los contribuyentes españoles podrán acceder a sus datos fiscales a partir de este miércoles, marcando el inicio de la cuenta atrás para la Campaña de la Renta 2024.
La presentación de declaraciones a través de Internet comenzará el próximo 3 de abril y se extenderá hasta el 30 de junio.
Según el calendario publicado por la Agencia Tributaria (AEAT), la campaña arrancará justo antes del inicio de la Semana Santa.
El 3 de abril se abrirá el plazo para la presentación de las declaraciones a través de Internet, que se prolongará hasta el 30 de junio de 2025. Además, la AEAT ofrecerá asistencia telefónica para la confección de declaraciones entre el 6 de mayo y el 30 de junio de 2025, con solicitud de cita previa disponible desde el 29 de abril. La asistencia presencial en las oficinas de la AEAT se llevará a cabo entre el 2 y el 30 de junio de 2025, con cita previa desde el 29 de mayo.
Una de las novedades más destacadas de esta campaña es la incorporación de Bizum como método de pago para las declaraciones de la Renta, sumándose a las opciones tradicionales como la domiciliación bancaria, el cargo en cuenta, el Número de Referencia Completo (NRC) y el pago en oficinas bancarias.
En cuanto a las obligaciones, se mantiene la exigencia de presentar la declaración para autónomos, independientemente de sus ingresos, y para los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Sin embargo, los beneficiarios de la prestación por desempleo quedan exentos de esta obligación en esta campaña.
La AEAT también introduce un sistema único para la corrección de autoliquidaciones, simplificando el proceso al sustituir el actual sistema dual de autoliquidación complementaria y solicitud de rectificación por una autoliquidación rectificativa. Además, se mantiene la asistencia personalizada para personas mayores, incluyendo el plan 'Le Llamamos' y la atención presencial, con un plan especial para mayores de 65 años en municipios pequeños.
En relación a las devoluciones del IRPF a mutualistas jubilados, Hacienda recuerda que, tras la reforma fiscal aprobada en el Congreso, la tramitación se ha modificado.
La exigibilidad y el montante total de los pagos se distribuirán en cuatro años, según la antigüedad del período impositivo.
En 2025, se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF de 2019 y de los ejercicios anteriores no prescritos. La tramitación requerirá la presentación de un formulario de apoderamiento, disponible del 2 de abril al 30 de junio de 2025.
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