Imagínate que te compras un coche. Lo haces con toda la ilusión del mundo, además, piensas: "voy a gastarme un poco más en uno algo mejor, para que dure". Imagínate que de repente tienes un siniestro, que entra en el taller y que por culpa del concesionario no lo vuelves a ver después de nueve años. Adiós a la ilusión, al dinero y al valor no sólo monetario, sino de todas las cosas que podías haber vivido en él y más, si te gusta conducir.
Esto es algo que ha tenido que sufrir en sus propias carnes un salmantino que hace más de nueve años se compró un BMW 530 y que, después de un siniestro, decidió llevarlo a reparar al taller oficial del concesionario situado en el polígono El Montalvo. Lo que nunca pensaría es que una vez dentro, no volvería a ver el coche que se había comprado con tanta ilusión: “No pude ni sacar la silla del niño, ni las gafas de sol, ni las llaves del garaje…”
Todo se remonta al 27 de septiembre de 2011 cuando el afectado llevó su vehículo a reparar. El coche entró en el taller pendiente de la reparación de dos golpes: el primero se llevó a cabo sin ningún problema y fue abonado por la compañía aseguradora, sin embargo, para la reparación del segundo la misma compañía, que finalmente desestimó cubrir dichos gastos, solicitó previamente un presupuesto que se hizo esperar, quedando el vehículo allí a expensas de las negociaciones con el seguro para que autorizase la reparación de ese segundo golpe.
Ante la preocupación por la demora a la hora de la reparación, el afectado decidió acudir al taller para asegurarse, puesto que el establecimiento tiene carteles informando sobre el cobro del depósito de los vehículos que se mantengan allí después de una reparación (cobro de 25 euros más IVA por día), de que no le iban a cobrar ninguna cantidad por la estancia de su coche hasta que finalmente se llevara a cabo la reparación.
Para ello se dirigió al jefe de taller por aquel entonces, quien le aseguró que el depósito del vehículo no tendría coste alguno, una declaración que el propio empleado reafirmó en el juicio: “mientras se solucionen las cosas con la compañía para ver si se repara o no el vehículo, no te vamos a cobrar nada”, con el fin, según la sentencia resolutoria de la Audiencia Provincial, “de asegurarse que la segunda reparación del vehículo se llevara a cabo en el mismo taller”. Por ese motivo el propietario del turismo lo dejó allí a la espera de esa segunda reparación.
Una factura que podía haber ascendido a casi 100.000 euros
Con la idea de realizar presión sobre la compañía aseguradora, puesto que en 2013 aún no había recibido una respuesta, solicitó al taller un documento donde se informara del precio del vehículo del depósito. Este le hizo llegar una factura proforma –un documento sin validez real que sirve para informar a un cliente sobre el precio final de una futura transacción comercial- que ascendía a 13.491 euros.
La compañía aseguradora decidió no cubrir los gastos de la segunda reparación y en junio de 2013 el dueño de BMW siniestrado se personó en el taller del concesionario para retirar su vehículo, puesto que el presupuesto de reparación facilitado por la empresa no entraba dentro de sus expectativas. Cabe destacar, previamente, que en ningún momento la empresa que gestiona el concesionario, y por tanto el taller, se dirigió al propietario del vehículo para informarle sobre los costes de la estancia o para requerirle que retirara el vehículo; por ese motivo, el afectado se sorprendió aún más cuando al llegar al mismo se encontró con la solicitud de una elevada cantidad de dinero si quería retirar el coche. Algo a lo que se negó, puesto que desde un primer momento el jefe de taller –que fue suspendido por la propia empresa posteriormente- le aseguró la gratuidad de la estancia.
Ante este problema, a través de Alberto Vázquez -abogado de ACCITRAF de la oficina de Salamanca (Av. Reyes de España, 1)-, decidió presentar una demanda ante el Juzgado de Primera Instancia Número 5 de Salamanca contra la empresa que gestiona el concesionario al no dejarle retirar su vehículo -hecho significativo, puesto que, en vez de demandarle la empresa que gestiona el concesionario por la supuesta deuda que le reclamaban, lo hizo él-.
Este Tribunal le dio la razón concluyendo que “el hecho de que dicho empleado careciera o no de poder para tomar la referida decisión es algo que no puede afectar a terceros, que como el afectado no tienen porqué conocer las relaciones internas de la empresa, y que actúan confiados en la manifestación de un jefe de taller que es la persona que siempre ha tratado con ellos en todo lo concerniente al vehículo depositado. Si dicha persona se extralimitó en sus funciones no es oponible a los clientes, siendo cuestión interna de la empresa que en este caso y por dicho motivo, abrió de hecho un expediente disciplinario al jefe de taller y que posteriormente fue despedido”, reza la sentencia resolutoria.
Ante el fallo de la juez a favor del afectado, la empresa decidió apelar a la Audiencia Provincial confiando en que esa resolución pudiera cambiar. Sin embargo, la respuesta del Alto Tribunal ha sido la desestimación de dicho recurso y obliga al concesionario a dejar que el afectado retire el vehículo de su propiedad sin cobrarle por ello gasto alguno, teniendo esa obligatoriedad un plazo máximo de cinco días
Un final feliz para este salmantino que después de nueve años podrá volver a tener en sus manos su BMW 530. No obstante, y en declaraciones a este medio, “reclamaremos daños y perjuicios, puesto el coche ha perdido todo su valor. Además, que ya no es solo el dinero, es mucho tiempo que he perdido y que podía haber disfrutado con ese coche”, concluye el afectado quien se arriesgó con su demanda a una posible factura que alcanzaría casi los 100.00 euros si se llega a cumplir lo solicitado por el concesionario.
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