Perder el DNI conlleva una sanción económica cuando se considere una conducta “negligente”

En caso de pérdida o no renovación se estaría produciendo una infracción considerada como leve, recogida en la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana​​​​​​​

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DNI en la Comisaría de Salamanca. Foto de archivo
DNI en la Comisaría de Salamanca. Foto de archivo

Perder el DNI es un gesto que, aunque involuntario, puede acarrear un sinfín de problemas, que podrían acabar en una sanción económica.

El motivo es porque tras la pérdida de esta documentación hay que acudir a la policía para solicitar un documento nuevo, ya que el DNI, es un certificado identificativo y obligatorio que hay que llevar encima siempre.

En caso de pérdida o no renovación se estaría produciendo una infracción considerada como leve, recogida en la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, destacada en el punto 10 del artículo 37: “El incumplimiento de la obligación de obtener la documentación personal legalmente exigida, así como la omisión negligente de la denuncia de su sustracción o extravío”.

De esta manera, y según indica el medio ‘Huffpost’ la multa por perder el DNI tres veces consecutivas podría ascender a los 600 euros, cuando los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado lo consideren una conducta “negligente”.  

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