Multa de 200 euros si entras en Madrid sin distintivo ambiental desde este 1 de enero de 2025

La capital endurece su Zona de Bajas Emisiones para los vehículos con clasificación ambiental A

Etiqueta ambiental coches. Archivo EP
Etiqueta ambiental coches. Archivo EP

Desde este 1 de enero de 2025 Madrid ha endurecido las restricciones en su Zona de Baja Emisiones. Eso significa que si tienes un vehículo sin etiqueta medioambiental o de categoría A no podrás entrar más allá de la M-30 o recibirás una multa de hasta 200 euros. Algo a tener en cuenta si viajas a la capital. La implantación completa de Madrid Zona de Bajas Emisiones ha comenzado este 1 de enero de 2025. A partir de este miércoles entran en vigor las restricciones a la circulación en todo el término municipal que aún no se aplicaban a los vehículos con clasificación ambiental A. Estos son los propietarios de vehículos A empadronados en la capital o dados de alta en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) de Madrid, motocicletas y los vehículos de mercancías A de cualquier parte de España, incluyendo los del municipio de Madrid, informa Europa Press. 

Se establecen tres tipos de autorización de acceso, que se suman a las exenciones para vehículos que trasladen Personas con Movilidad Reducida (PMR) y vehículos históricos ya vigentes. Hay una excepción, al menos durante un año, pero solo para los vehículos que no cuentan con etiqueta ambiental y que están empadronados en la capital, que podrán circular por la ciudad en 2025, aunque se mantiene la prohibición ya vigente para aquellos que no están empadronados en Madrid. El Ayuntamiento ha ampliado duratne doce meses la exención para los empadronados, a los que tras ser interceptados por las cámaras, solo recibirán una comunicación en su domicilio. 

Excepciones para autónomos y tratamientos médicos 

Este es el caso de los autónomos (o sociedades unipersonales) de 59 años cumplidos en 2025 en adelante con vehículos A de más de 3,5 toneladas; así como a titulares de vehículos A o familiares que lo necesiten para su traslado a centros médicos y hospitalarios para someterse a tratamientos hospitalarios --no consultas--. Se establecerá un procedimiento para solicitar el acceso por registro, ya que no se realizará de oficio.

También se permitirá el acceso temporal a los vehículos A de aquellas personas que hayan comprado uno nuevo de bajas emisiones, pero que por cuestiones de fabricación no lo haya recibido todavía.

El acceso no permitido a las zonas de bajas emisiones de cualquier parte del territorio nacional desde el 21 de marzo de 2022 se sanciona como infracción grave de tráfico, llevando aparejada una multa de 200 euros, conforme a lo previsto en los artículos 18, 76.z3 y 80.1, (100 euros si es por pronto pago).

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