La Junta aprueba el decreto que desarrolla la carrera horizontal de empleados públicos

De esta manera se cumple con uno de los compromisos del Gobierno de Alfonso Fernández Mañueco con los empleados públicos autonómicos

0 Comentarios

Alfonso Fernández Mañueco. Foto de archivo
Alfonso Fernández Mañueco. Foto de archivo

El Consejo de Gobierno ha aprobado este jueves, 22 de diciembre, el Decreto que regula la carrera profesional horizontal y el sistema de evaluación del desempeño, dando cumplimiento a lo dispuesto en Ley 7/2019, de 19 de marzo.

Para cumplir con los compromisos adquiridos, la Consejería de la Presidencia, aprobará antes de final de año, y se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León, una Orden mediante la que se convocará el proceso ordinario de acceso a la carrera profesional, en la categoría profesional I, correspondiente al año 2022, que se llevará a cabo mediante una evaluación simplificada hasta que vaya implantándose progresivamente todo el mecanismo procedimental instaurado en el Decreto de carrera profesional horizontal.

Además, habrá una convocatoria, con carácter excepcional y por una sola vez, que permitirá el acceso extraordinario a la categoría profesional I de los empleados públicos que, a 20 de septiembre de 2021, reuniendo los requisitos exigidos en la Orden PRE/1032/2021, de 9 de septiembre, no hubiese presentado su solicitud en el plazo señalado en la misma.

Con estas actuaciones la Consejería de la Presidencia cumple con los compromisos adquiridos por la Junta de Castilla y León con los representantes sindicales de los empleados públicos y reconoce a estos su esfuerzo y méritos en el desempeño de sus funciones.

Quedan excluidos de estas convocatorias el personal estatutario que preste servicios en centros e instituciones sanitarias del servicio de Salud de Castilla y León, al tener su propio régimen de carrera profesional horizontal, y el personal docente, funcionario o laboral que preste servicios en centros docentes públicos de enseñanza no universitaria, servicios de apoyo a los mismos y centros administrativos no docentes dependientes de la Consejería competente en materia de educación, que también tienen un sistema propio de carrera profesional horizontal, cuyo decreto regulador ha aprobado también la Junta de Castilla y León en el Consejo de Gobierno de hoy.

Antecedentes

La carrera profesional es un derecho de los empleados públicos conforme establece el Estatuto Básico del Empleado Público. La implantación de dicha carrera deberá hacerse mediante Ley de la respectiva Comunidad Autónoma.

La Comunidad Autónoma de Castilla y León, con la aprobación de la Ley 7/2019, de 19 de marzo, de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, ha dado cumplimiento a lo previsto en el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP).

En este marco, la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, regula en su artículo 66 la carrera profesional horizontal entendida como la progresión de categoría sin necesidad de cambiar de puesto, que tendrá carácter voluntario, y estará ligada al reconocimiento de competencias y a la evaluación del desempeño y que, con carácter general, se organiza en cuatro categorías. El ascenso de categoría requerirá haber alcanzado la categoría inmediatamente inferior. A cada categoría está vinculada la cuantía del complemento retributivo de carrera profesional horizontal que corresponda.

La Administración Autonómica llegó a un Acuerdo en la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos de la Comunidad de Castilla y León, en su reunión del día 23 de julio de 2021, para el desarrollo e impulso de la carrera profesional horizontal en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y sus organismos autónomos. Dicho acuerdo fue aprobado, con carácter previo a su firma, por la Junta de Castilla y León en la reunión del Consejo de Gobierno del día 22 de julio de 2021.

Este acuerdo preveía el acceso a la carrera profesional horizontal, mediante procesos ordinarios y extraordinarios, y estableció un calendario de apertura de acceso a las diferentes categorías en las que se estructura esta carrera (Ver archivo adjunto).

En cumplimiento de este calendario por Orden PRE/1032/2021, de 9 de septiembre, se convocó el proceso extraordinario de acceso a la carrera profesional horizontal, categoría profesional I (Bocyl de 10 de septiembre). Este proceso fue resuelto por Orden PRE/1312/2021, de 28 de octubre (Bocyl de 2 de

Tienes que iniciar sesión para ver los comentarios

Lo más leído