El Juzgado de Instrucción número 2 de Salamanca ha citado a declarar como investigados al PP de Salamanca, a Javier Iglesias (presidente del partido en Salamanca y de la Diputación Provincial) y a Isabel Sánchez González, gerente del mismo y mujer de Bienvenido de Arriba, por un presunto delito de financiación ilegal, relacionado con las Primarias de Castilla y León del partido en 2017. El auto, al que ha tenido acceso Salamanca24horas.com, precisa "Acordar la práctica de las siguientes diligencias de instrucción e investigación al existir indicios racionales de la presunta comisión de un delito de financiación ilegal de partido político previsto y penado en el artículo 304 bis, apartados 1 y 5, del Código Penal", recoge el auto.
De esta forma, Iglesias y Sánchez González deberán volver a declarar, pero esta vez como investigados y no como testigos, como ya hicieran durante el mes de mayor de este año junto a otros miembros del partido. Al juez que lleva la causa no le termina de convencer la documentación aportada, ni los testimonios de los más de 30 testigos que se presentaron a declarar.
Así el 30 de diciembre a las 10:00 horas se tendrá que "recibir declaración en calidad de persona jurídica investigada al Partido Popular de Salamanca, que prestará declaración a través del representante que especialmente designe", mientras que Javier Iglesias deberá hacerlo a las 10:30 horas e Isabel Sánchez a las 11:00 horas; todos en los juzgados de Colón.
Este caso de las primarias ya fue archivado en su día por el Juzgado y reabierto por la Audiencia Provincial, pero en mayo se comenzó a investigar de dónde procedía el dinero que se utilizó para pagar cuotas de afiliados que no estaban al día y así que pudieran votar en esas Primarias. Del mismo modo se buscaba el origen de esas donaciones voluntarias de altos cargos del partido en Salamanca, tras las declaraciones de varios de los implicados.
El juez encuentra 24.410 euros como donación anónima ilegal
El auto expone que “a fecha de 31 de diciembre de 2016 constaban 4.913 afiliados al Partido Popular de Salamanca que no estaban al día de sus cuotas desde el último congreso, - que, a raíz de convocarse elecciones primarias para la presidencia del Partido Popular de Castilla y León en marzo de 2017, se realiza una actualización y pago de cuotas de “afiliados morosos” en el período del 10 al 17 de marzo de 2017, dado que únicamente pueden votar en las elecciones primarias los afiliados que estén al corriente en el pago de sus cuotas de afiliación”.
Una suma total de 61.937,65 euros es la deuda que se amortizó entre el día 31 de diciembre de 2016 y el 17 de marzo de 2017. De ese importe, existía una partida de 41.490 euros abonada en la cuenta bancaria del Partido Popular, “se supone que responde a abonos voluntarios en el período de 10 a 17 de marzo de 2021 para pago de las cuotas de “afiliados morosos”, recaudándose mediante pagos voluntarios en efectivo que se entregaron para tal finalidad, y documentados en declaraciones juradas, ascendiendo a la suma total de 17.350 euros el importe de referidos abonos voluntarios con lo que queda sin justificar la suma de 24.140 euros que ha de calificarse como donación anónima ilegal”, refleja el documento judicial.
Del mismo modo, el juez apunta que en el supuesto de aceptarse como válidos los justificantes de cantidades extraídas de cuentas bancarias personales de cargos públicos del Partido Popular entre los días 10 a 17 de marzo de 2017, que ascienden a un total de 9.800 euros, “queda sin justificar la suma de 14.340 euros (como donación anónima ilegal); e, incluso, aceptándose hipotéticamente las cantidades recogidas en documentación bancaria fuera de la semana del 10 al 17 de marzo de 2017, que ascienden a 7.250 euros, queda sin justificar la suma de 7.090 euros (como donación anónima ilegal)”.
En relación con esto, cabe recordar que según el artículo 5.1 de la Ley Orgánica 8/2007, del 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos “los partidos políticos no podrán aceptar o recibir directa o indirectamente: a) Donaciones anónimas, finalistas o revocables. b) Donaciones procedentes de una misma persona superiores a 50.000 euros anuales. c) Donaciones procedentes de personas jurídicas y de entes sin personalidad jurídica”. Del mismo modo, los partidos no podrán aceptar ninguna forma de financiación por parte de Gobiernos y organismos, entidades o empresas públicas extranjeras o de empresas relacionadas directa o indirectamente con los mismos.
Por último, el juez recoge en el documento que “los hechos anteriores serán castigados con una pena de prisión de seis meses a cuatro años y multa del triplo al quíntuplo de su valor”.