Si durante las vacaciones una persona se contagia de COVID o tiene que guardar cuarentena por un contacto estrecho, independientemente de si su resultado es positivo o negativo, se produce una situación de baja laboral y podrá disfrutar de sus días de descanso cuando finalice.
En el momento en el que una persona recibe la orden de su médico de permanecer en cuarentena, se tiene derecho a una baja médica, independientemente de si es un caso positivo, positivo asintomático o negativo con contacto con un positivo. Se trata, en este caso, de una baja por enfermedad común: la da el médico de cabecera y no una mutua, pero se cobra como si fuera una baja por enfermedad profesional, con un 75 por ciento del salario.
De esta forma, cuando una persona debe estar en cuarentena y esos días coinciden con su periodo de vacaciones, estas quedan suspendidas en el mismo momento en el que comienza la baja, y se pueden disfrutar una vez se tenga el alta médica. El tiempo que dure el confinamiento no consume los días acumulados que un trabajador tenga para sus vacaciones.
El periodo máximo en el que podrán disfrutarse esas vacaciones es de 18 meses, que cuentan a aprtir del final del año en el que se hayan originado, según establece el Estatuto de los Trabajadores. Para poder hacerlo, los trabajadores deberán facilitar a su empresa el parte de baja expedido por su médico.
Tienes que iniciar sesión para ver los comentarios