¿Cuándo la DGT te permite circular legalmente a 150 km/h sin ser un vehículo de emergencias?

Para que un vehículo cuente con las garantías, el uso tendrá que estar aceptado por la DGT siendo quien acepte mediante una selección exhaustiva a las personas concretas para dirigir los vehículos

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Límites de velocidad. DGT
Límites de velocidad. DGT

Hay un sólo tipo de conductor que puede saltarse los límites de velocidad sin arriesgarse a ser multado, no son ni agentes de la Guardia Civil ni de policía o conductores de ambulancia. Hay una curiosa excepción que muchos conductores aún desconocen.

La lucha de la DGT contra los excesos de velocidad es diaria como la imposibilidad de superar el límite de la vía a 20 km/h para adelantar o la reducción de velocidad en todas las vías secundarias a 90 km/h, pero hay una excepción que permite circular hasta los 150 km/h en autovías y autopistas y es la señal V12.

La señal es específica para los vehículos que realizan pruebas especiales tal y como se detalla en el Reglamento General de Vehículos, la placa deberá instalarse en aquellos automóviles que estén desarrollando pruebas especiales.

En España son habituales las pruebas de vehículos en la temporada de verano para poner a prueba a los vehículos frente al calor extremo.

Para que un vehículo cuente con las garantías, el uso tendrá que estar aceptado por la DGT siendo quien acepte mediante una selección exhaustiva a las personas concretas que se pueden poner al mando de estos vehículos.

En cuanto a las restricciones de estas pruebas, se especifica que los vehículos podrán superar los límites de velocidad hasta un máximo de 30 km/h, siendo aprobada la excepción con un mínimo de 72 horas. Dichas pruebas no se pueden realizar por vías urbanas ni por tramos donde haya señalización concreta, por otro lado, también se explica que la vía se podrá señalizar de manera especial para alertar al resto de conductores de la tarea que se está llevando a cabo con un vehículo de prueba.

Por último hay que saber que circular a 150 km/h sin ningún permiso especial es un delito que conlleva 100 euros de multa pero sin restar puntos de la DGT al carné. 

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