El Boletín Oficial del Estado ha publicado, con fecha de entrada en vigor de este 22 de mayo, la flexibilización de ciertas medidas restrictivas de movimientos, aplicables a las Fases 0 y 1 de la desescalada para los pueblos con menos de 10.001 habitantes y densidad de población inferior a 100 habitantes por kilómetro cuadrado. Carbajosa, Villamayor, Alba o Peñaranda ya han informado de que ellos deben mantener estas restricciones.
Básicamente, lo que elimina esta orden Orden SND/427/2020, son las franjas horarias previstas en la Orden SND/370/2020, de 25 de abril, sobre las condiciones en las que deben desarrollarse los desplazamientos por parte de la población infantil durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y la Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre las condiciones en que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisis ocasionada por el COVID-19.
En el caso de los desplazamientos por parte de los menores de 14 años, no será de aplicación el límite de un adulto responsable y hasta tres niños recogido en el artículo 3.1 de la Orden SND/370/2020, de 25 de abril, sobre las condiciones en las que deben desarrollarse los desplazamientos por parte de la población infantil durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, pudiendo realizar dichos desplazamientos todos los convivientes en un mismo domicilio.
Estas actividades deportivas, se podrán practicar en el término municipal o, en su defecto, a una distancia máxima de cinco kilómetros, incluyendo municipios adyacentes, siempre que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de esta orden y pertenezcan a la misma unidad territorial de referencia.
Esta norma también trae más novedades:
- Se permiten velatorios hasta 25 personas aire libre y 15 espacio cerrado.
- Los lugares de culto podrán ocupar hasta el 50% aforo.
- Para bares y restaurantes, se permite la reapertura interior bares, hasta el 40% de aforo, quedando prohibido las consumiciones en barra . Las terrazas podrán abrir desde hoy, aplicando las normas establecidas para la Fase I, 50% de las mesas, distanciamiento de 2 metros por mesas, y un máximo de 10 personas por mesa o conjunto de ellas.
Este es el enlace al texto completo: https://www.boe.es/boe/dias/2020/05/22/pdfs/BOE-A-2020-5218.pdf
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