Son muchos los alumnos de Salamanca que cursarán estudios de Bachillerato, Formación Profesional o de régimen especial para el próximo año 2024/2025, en los que la Junta de Castilla y León ha previsto destinar una serie de ayudas que harán mucho más asequibles para los bolsillos de los padres y estudiantes cualquiera de los aprendizajes que se imparten en la capital del Tormes y en la provincia.
Miles los estudiantes que, repartidos por todos los centros formativos de la región charra, que se pueden consultar en este enlace, pueden acceder a este tipo de ayudas muy necesarias en los tiempos que corren, y en los que la institución regional ha puesto una serie de requisitos muy sencillos para que sean accesibles para un gran número de la población.
Desde el pasado 19 de junio de 2024, y hasta el 30 de septiembre de 2024, cualquier persona podrá realizar esta petición presentando la documentación necesaria que les haga aptos para recibir la cuantía económica.
Estudios en los que se puede solicitar la ayuda
Primeramente, habría que destacar que son once tipos de estudios diferentes. Entre ellos, se encuentra cualquier tipo de Bachillerato, tanto el de Artes, Ciencias y tecnología, el general y el de humanidades y Ciencias Sociales, en centros públicos y privados.
En cuanto a los ciclos formativos, incluiría la Formación Profesional de grado básico, los de grado medio y los de grado superior, en cualquiera de los centros docentes donde se impartan, tanto, lógicamente, de la capital charra como en el resto de la provincia, en centros públicos y privados.
Por otro lado, también se incluyen los cursos que preparan para cursar las diferentes formaciones profesionales, así cómo las enseñanzas de otras lenguas de la Escuelas Oficiales de Idiomas, ya sean en estas últimas tanto en régimen presencial, semipresencial o a distancia, en centros públicos y privados.
También se podrán adquirir estas ayudas en las enseñanzas deportivas que conlleven a obtener cualquiera de los títulos de técnicos deportivos, tanto el común como el superior, en centros públicos y privados.
Asimismo, también se han preparado una serie de ayudas en los únicamente podrán ser beneficiarios los que estudien en algunos de los centros docentes que sean públicos que imparten formaciones de Grado Medio y Superior de Artes Plásticas y Diseño, las enseñanzas artísticas elementales profesionales de música y danza, así como aquellos centros en los que se impartan Enseñanzas Superiores de Música, Arte Dramático, Diseño y Conservación y Restauración de Bienes Culturales, ya sea de grado o de máster.
Tipo de ayudas
La Junta de Castilla y León ha puesto a disposición de los estudiantes tres tipos de ayudas: las variables, las fijas ligadas a la residencia y las fijas en función de la excelencia en el rendimiento académico.
La primera de ellas, las ayudas variables, se concederán a los estudiantes en función de la renta familiar y su umbral máximo, variando en función de los miembros familiares.
Si el número de miembros computables de la unidad familiar es uno será de 14.818 euros, si son dos será de 25.293 euros, sin son tres de 34.332 euros, en el caso de cuatro serán 40.773 euros, con cinco miembros será de 45.572, si son seis de 49.196 euros, siete serán 52.780 euros y si son ocho serán de 56.348 euros. A partir del octavo, se irán añadiendo 3.561 euros por miembro computable.
La relación que se tomará para conceder estás ayudas serán: menor o igual al 25 por ciento del umbral máximo de renta familiar (450 euros), superior al 25 por ciento e inferior o igual al 50 por ciento del umbral máximo (350 euros), superior al 50 por ciento e inferior o igual al 75 por ciento del umbral máximo (250 euros) y superior al 75 por ciento e inferior o igual al 100 por ciento del umbral máximo (200 euros).
Umbral máximo de renta familiar | Ayuda en euros |
Menor o igual a 25 por ciento | 450 euros |
Superior al 25 % e inferior o igual al 50 % | 350 euros |
Superior al 50 % e inferior o igual al 75 % | 250 euros |
Superior al 75 % e inferior o igual al 100 % | 200 euros |
La segunda de ellas, las ayudas fijas ligadas a la residencia, la podrán recibir aquellas personas que se formen en todos los estudios, exceptuando la Formación Profesional Básica, con un límite máximo de 1.600 euros sin superar en ningún momento el coste real del servicio.
Para ello, será necesario que el alumno demuestre que su residencia está fuera del municipio donde se van a cursar los estudios, además de que sean, cómo mínimo, veinte horas semanales lectivas. Asimismo, se considerará domicilio personal al más próximo y que tenga de forma habitual un miembro computable dentro de la unidad familiar.
Ayuda fija ligada a la residencias | 1600 euros como máximo |
La tercera y última de las ayudas, será por la excelencia en el rendimiento académico, donde podrán acceder a ellas todos los a excepción de los ciclos de Formación Profesional básica de grado básico y medio, y los de las Escuelas Oficiales de Idiomas tanto presencial, semipresencial y a distancia.
Para esta última, la escala será del 0 al 10, donde en el caso de que se quiera acceder de una Formación Profesional a una Superior no universitaria, la nota media será la de todo el ciclo en su conjunto, mientras que en las demás será el curso anterior.
En este caso, no contarán los años que se hayan requerido para ello y en el caso de que no haya notas medias con decimales, se valorará de la siguiente forma: una matrícula de honor corresponderá a 10 puntos; un sobresaliente serán 9 puntos; un notable un 7,5 puntos; un bien igual a 6 puntos; un aprobado, suficiente o apto serán 5,5 puntos; y para los suspenso, insuficientes, no presentado o no apto serán 2,50 puntos.
Nota media del estudiante | Cuantía en euros |
Entre 8,00 y 8,49 puntos | 50 euros |
Entre 8,50 y 8,99 puntos | 75 euros |
Entre 9,00 y 9,49 puntos | 100 euros |
Entre 9,50 o más | 125 euros |
Del mismo modo, ante la existencia de algunos cursos donde estén organizados por asignaturas, créditos o módulos, se pondera la nota media a través de la fórmula: puntuación de cada asignatura por número de créditos u horas que integran la asignatura, y dividiendo esto entre el número de créditos u horas cursadas y que tienen la consideración de computables.
Asimismo, no se tendrán en cuenta para la nota media las asignaturas y créditos reconocidos, convalidados, adaptados y transferidos, además de las prácticas externas curriculares y los trabajos, mientras que las prácticas que hayan contado para media, sí que se tendrán en cuenta.
Requisitos que se deben cumplir para pedir la ayuda
Habrá tres tipos de requisitos a seguir para poder pedir esta ayuda. Por un lado los generales, por otro lado los académicos y por último los económicos.
Requisitos generales
En cuanto a los requisitos generales, serán varios los que se deban cumplir siempre y cuando estén dentro del plazo de presentación de las solicitudes. Estos son: estar matriculado en algunas de las enseñanzas citadas anteriormente, tener la residencia o domicilio fiscal en Castilla y León y no estar cursando uno de los estudios que ya se han comenzado, además de cumplir los mencionados en los tipos de ayudas.
Requisitos académicos
En cuanto a los requisitos académicos, estos dependen de la formación que se vaya a realizar, teniendo en cuenta si es Bachillerato, Formación Profesional o de régimen especial:
Bachillerato:
Estar matriculado en el curso actual sin tener en cuenta las materias convalidadas o exentas. Para los que vayan a impartir la oferta específica de personas adultas, bachillerato nocturno de dos o más años u oferta de matrícula parcial, también podrán solicitar la ayuda mientras vayan a cursar un mínimo de cuatro asignaturas.
Además, serán beneficiarios aquellos que no hayan repetido curso y se tiene que haber sacado un 5 como mínimo en la ESO. prueba de acceso o en formaciones medias y básicas. Los que cursen segundo de Bachillerato, tienen que acreditar que no han suspendido ninguna asignatura en primero.
Grado superior de formación profesional, de artes plásticas y diseño y de enseñanzas deportivas:
Primeramente, se tendrá que estar matriculado el curso entero. Para ello, se tiene que haber aprobado previamente el módulo medio realizado. Del mismo modo, aquellos que tengan matrícula parcial o específica para personas adultas, tendrán que realizar un mínimo de 500 horas durante el año, y aprobarlas todas para que la misma beca se conceda al año siguiente.
En el curso anterior se tendrá que haber sacado como mínimo un cinco, y aquellas formaciones organizadas por módulos, se tendrá que haber aprobado un mínimo del 85 por ciento de las horas totales. Los que hayan repetido curso, no tendrán derecho a beca.
Para los proyectos de fin de estudios o proyecto final, que no sea un módulo ordinario, podrán obtener la ayuda variable mínima. Para que sea concedida, se tiene que haber aprobado la totalidad del curso anterior.
Enseñanzas elementales y profesionales de música y danza, así como de grado medio de formación profesional, de artes plásticas y diseño y de las enseñanzas deportivas:
Estar matriculado en el curso actual sin tener en cuenta las materias convalidadas o exentas. Para los que vayan a impartir la oferta específica de personas adultas, bachillerato nocturno de dos o más años u oferta de matrícula parcial, también podrán solicitar la ayuda mientras vayan a cursar un mínimo de cuatro asignaturas.
La suma tendrá que ser de 500 horas lectivas en las enseñanzas de grado medio de formación profesional y de artes plásticas y diseño; en las deportivas, tendrán que sumar un total de 400 horas.
No se podrá haber repetido y los estudiantes de segundos cursos tendrán que aprobar todas las asignaturas del anterior. Para los proyectos de fin de estudios o proyecto final, que no sea un módulo ordinario, podrán obtener la ayuda variable mínima. Para que sea concedida, se tiene que haber aprobado la totalidad del curso anterior.
La beca sólo se concederá por un año excepto los que cursen enseñanzas íntegramente no presenciales u ofertas de matrícula parcial.
Enseñanzas de idiomas:
Se tendrá que estar matriculado en cualquier escuela oficial de idiomas de Castilla y León en los alumnos que cursen la primera matrícula. A los que repitan curso, no se les concederá la beca, y la ayuda será para todos los años que se cursen, con un máximo de dos lenguas.
Enseñanzas de Ciclos Formativos de Grado Básico, cursos de formación específicos preparatorios para el acceso a la formación profesional de grado medio y grado superior, cursos de especialización de las enseñanzas de formación profesional:
Para estos estudios solo se podrá conceder la ayuda variable mínima y estando matriculado el curso completo. Los que repitan curso, no tendrán derecho a beca. Para enseñanzas de formación profesional o cursos de formación específicos preparatorios para la formación profesional de grado medio y grado superior, se les concederá esta beca una única vez. Para la duración de la ayuda del Grado Básico, la marcará el plan de estudios.
Enseñanzas artísticas superiores:
Para optar a esta beca, al igual que en otros cursos, se tendrá que estar matriculado el curso completo, sin exigir este requisito a aquello que para dar por finalizado los estudios, tengan un número de asignaturas inferior a dicho curso completo, siempre que se matriculen del año completo.
A partir del segundo curso académico, el alumno tendrá que aprobar un mínimo del 90 por ciento. Asimismo, se puede extender un año la beca con respecto al plan de estudios, pero la cuantía de la ayuda sería la ayuda variable mínima y el cincuenta por ciento de la beca que le hubiera correspondido.
Toda la información sobre los requisitos académicos se pueden consultar en este documento y en este documento.
En algunos de requisitos, según ha hecho conocer la junta de Castilla y León, no serán exigidos en unidades familiares que tenga la condición de víctima de terrorismo, víctima de violencia de género o víctima de violencia sexual.
Requisitos económicos
En los requisitos económicos, las cantidades que se concederán dependen del umbral económico familiar y no se podrá superar la renta máxima según los miembros familiares computables durante el año 2023, únicamente:
Si el número de miembros computables de la unidad familiar es uno será de 14.818 euros, si son dos será de 25.293 euros, sin son tres de 34.332 euros, en el caso de cuatro serán 40.773 euros, con cinco miembros será de 45.572, si son seis de 49.196 euros, siete serán 52.780 euros y si son ocho serán de 56.348 euros. A partir del octavo, se irán añadiendo 3.561 euros por miembro computable.
La relación que se tomará para conceder estás ayudas serán: menor o igual al 25 por ciento del umbral máximo de renta familiar (450 euros), superior al 25 por ciento e inferior o igual al 50 por ciento del umbral máximo (350 euros), superior al 50 por ciento e inferior o igual al 75 por ciento del umbral máximo (250 euros) y superior al 75 por ciento e inferior o igual al 100 por ciento del umbral máximo (200 euros).
Se tendrá en cuenta la renta familiar de cada uno de los miembros de 2023. A los que hayan presentado la declaración de la Renta, se le sumará la base imponible general más la base imponible del ahorro. A esto se le excluirán los saldos negativos y las pérdidas patrimoniales de 2019 a 2022. También se excluirán los saldos negativos de rendimiento de capital mobiliario de 2019 a 2022.
Para las personas que no hayan presentado la Renta, se realizará el mismo proceso que lo anterior pero restando a las imputaciones íntegras los gastos y deducciones de trabajo.
Para el cálculo total, los miembros computables serán el padre, madre o tutor legal. En familias divorciadas, el miembro computable será el que conviva con el solicitante. En caso de independencia familiar y económica, se tendrá que demostrar de forma fehaciente.
Se aplicarán deducciones especiales en los casos que sean necesario y así favorecer la concesión de las ayudas, entre ellos: deducciones del 50 por ciento hechas por los miembros computables; deducciones de 525 euros por cada hermano y de 800 euros por ser familia numerosa de categoría especial; deducciones de 1.811 euros por tener una discapacidad de al menos 33 por ciento, o de 2.881 euros por tener un grado de 65 por ciento o superior; deducciones de 1.176 euros cuando resida uno de los miembros fuera del domicilio por estudios universitarios; deducciones del 10 por ciento por vivir en el medio rural en poblaciones con menos de 10.000 habitantes; y deducciones del 20 por ciento cuando la persona solicitante sea huérfana.
Toda la información se puede consultar en este documento.
Requisitos de la ayuda fija ligada a la residencia
Primeramente, esta ayuda se concederá siempre y cuando el alumno no tenga como acudir a su centro educativo a través de transporte público. Del mismo modo, se tendrá que demostrar que el alumno realizará un mínimo de 20 horas semanales residiendo fuera de su domicilio familiar. Por último, destacar que se considerará domicilio familiar aquel que esté más próximo al centro educativo de cualquier miembro familiar computable.
Toda la información se puede consultar en este documento.
Forma de solicitar la ayuda
Para poder realizar una correcta inscripción en para solicitar la ayuda, la Junta de Castilla y León ha realizado un documento donde se explica de forma detallada los pasos a seguir para ello.
Habrá dos formas de realizarse, por un lado, de manera presencial, pudiendo realizarse en cualquiera de las oficinas de registro de la provincia de Salamanca, tanto en la capital como en el resto de municipios.
Por otro lado, de forma electrónica presentando como es lógico cualquier certificado electrónico expedido por la entidad prestadora o en su defecto el DNI electrónico que se tendrá que haber realizado previamente en alguna oficina de la Policía Nacional.
Documentación necesaria para presentar la solicitud
Toda la documentación necesaria, tanto la “Guía para cumplimentar la solicitud”, la “Convocatoria de ayudas postobligatorias 2024-2025” y el “Formulario número 2 del modelos firmas”, se puede destacar en el contenido relacionado.
Del mismo modo, toda la documentación del Bocyl como la “ORDEN EDU/553/2024, de 3 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el alumnado que curse determinadas enseñanzas de bachillerato, formación profesional del sistema educativo o de régimen especial en determinados centros de la Comunidad de Castilla y León” y “EXTRACTO de la Orden de 12 de junio de 2024, de la Consejería de Educación, por la que se convocan ayudas para el alumnado que curse determinadas enseñanzas de Bachillerato, Formación Profesional del sistema educativo o de régimen especial en determinados centros de la Comunidad de Castilla y León, en el curso 2024-2025”, se puede encontrar a continuación.
El plazo de presentación comenzó el pasado 19 de junio de 2024 y se extenderá hasta el 30 de septiembre de 2024, incluyendo ambos. Del mismo modo, cualquier duda se puede consultar a través de la dirección de correo electrónico soporte.basi@educa.jcyl.es.
Del mismo modo, el plazo máximo de resolución de la convocatoria será de seis meses desde el día siguiente que finalice el plazo de solicitud. Las solicitudes que no se respondan, quedarán desestimadas. En el caso de que la vía administrativa no sirva, en el plazo de un mes se podrá interponer un recurso potestativo.
Documentos necesarios para solicitar las ayudas:
Guía para cumplimentar la solicitud
Convocatoria de ayudas postobligatorias 2024-2025