El VADO permanente es una solicitud que permite al solicitante que nadie aparque ante su puerta de garaje para asegurar su entrada y salida. Una autorización que implica sanciones económicas a quien se pase por alto esta norma, puesto que estaría cometiendo una infracción.
Esta es una norma, que por regla general, suele respetarse, aunque hay quien de vez en cuando se la salta a la torera bajo la excusa de “son un par de minutos lo que voy a tener aparcado ahí el coche”. Un acto que desde luego tendrá sus consecuencias: una multa.
Aunque, desde luego, si hay una duda generaliza es si puedo aparcar mi coche en mi propio VADO. La respuesta, aunque parezca ilógica, es un no. Algo que la mayoría de los conductores no entienden, puesto que ellos mismos son quienes abonan la cuota correspondiente del VADO.
Esta respuesta es negativa porque si los agentes de la policía se presentan en el lugar en el que está estacionado el vehículo frente a la placa de VADO permanente, no tendrían manera de identificar que el propietario del vehículo y el del VADO son la misma persona. De tal manera que ese acto supondría una multa de hasta 200 euros para el conductor del vehículo.
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