La Ley que garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad entrará en vigor en 20 días, tras su publicación este lunes en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl), según adelantó este domingo el presidente de la Junta, Alfonso Fernández Mañueco, en su cuenta de X (antes Twitter). La norma se aprobó en el pleno de las Cortes del pasado 11 de septiembre con los votos del Grupo Popular, su proponente, y Vox y con el ‘no’ de PSCyL, UPL-Soria Ya y Mixto.
Según recoge la ley, su finalidad es garantizar a los ciudadanos el acceso en condiciones de igualdad a la prestación en el territorio de los servicios públicos de asistencia sanitaria, educación y servicios sociales.
Contempla que la propuesta de supresión de un servicio se elevará al Consejo de Gobierno para su remisión a las Cortes de Castilla y León como una Comunicación de la Junta de Castilla y León para su debate. Tras el resultado de la votación, la Junta decidirá, mediante acuerdo, sobre la supresión del centro o zona.
En cuanto a la frecuencia de consulta en el núcleo donde no radique el centro de salud, se establece a la demanda en las localidades de menos de 50 habitantes; un día a la semana hasta los 100 habitantes de hecho; dos días a la semana hasta 200 vecinos; tres días a la semana hasta 500 tarjetas; consulta diaria de lunes a viernes en núcleos de más de 500 habitantes de hecho.
También se garantiza el mantenimiento de las unidades escolares, mientras haya, al menos, tres alumnos. Respecto de su supresión, no podrá acordarse hasta que no hayan transcurrido, al menos, dos cursos escolares sin actividad educativa por insuficiencia de alumnado.
En la prestación zonificada de los servicios sociales esenciales, en el ámbito rural, la ley recoge que se mantendrán las prestaciones del catálogo de servicios sociales de Castilla y León en cada zona de acción social, así como el volumen de financiación a las entidades locales competentes para el mantenimiento de los equipos y servicios públicos en cada zona de acción social al momento de su entrada en vigor.
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