De esta forma se da cumplimiento a la Ley de Reconocimiento y Atención a la Víctimas del Terrorismo en Castilla y León, que exige que el titular del Comisionado tiene que ser el titular de un órgano directivo central de la consejería competente en materia de coordinación de la atención a las víctimas del terrorismo, que en la actualidad es la Consejería de la Presidencia. Por este motivo, la figura del Comisionado no contribuye a incrementar el número de altos cargos.
Según recoge la Ley, las funciones que corresponden al Comisionado para las Víctimas del Terrorismo son el impulso y coordinación, seguimiento y balance de las actuaciones de la Administración de la Comunidad de Castilla y León dirigidas a las víctimas del terrorismo, así como cualquier otra que se le atribuya, delegue o encomiende.
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